Resoluciones del Consejo de Seguridad - Texto completo, en formato PDF, de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ONU,desde 1946 a la fecha.
Noticias, legislación, actualidad, enlaces, foros, relacionado con el derecho civil y los códigos civiles. Directorio de códigos civiles de todo el mundo.
Tiene como objetivo establecer un canal de diálogo abierto y permanente, para debatir e intercambiar opiniones respecto de los temas que vinculan al derecho con las tecnologías de la información.
Deplora la provocación llevada a cabo en Haram Al Shariff en Jerusalem el 28 de septiembre de 2000, y la violencia consecuente allí y en otros Lugares Sagrados, así como también en otras áreas a través de los territorios ocupados por Israel desde 1967.Insta a la Potencia Ocupante, a cumplir escrupulosamente con sus obligaciones legales y su responsabilidad de acuerdo a la Cuarta Convención de Ginebra.
Del Consejo de Seguridad de la Onu, de 21 de mayo de 1968: Declaraba que todas las medidas y acciones tanto legislativas como administrativas tomadas por Israel, incluyendo la expropiación de tierra y propiedades que cambiasen el status de Jerusalem, serían inválidas.
Del Consejo de Seguridad de la Onu, de 25 de septiembre de 1971, que deplora el incumplimiento de Israel de respetar las resoluciones previas adoptadas por Naciones Unidas, relativas a las medidas y acciones tomadas por Israel con el objeto de afectar el status de Jerusalem.
Del Consejo de Seguridad de la ONU, de 2 de marzo de 1979, que determina que la política israelí del establecimiento de asentamientos en los Territorios Ocupados desde 1967, incluyendo Jerusalem, constituía una serie de obstrucciones para la paz en Medio Oriente y que no tenían validez legal.
Del Consejo de Seguridad de la ONU, de 20 de julio de 1979, que deplora fuertemente la falta de cooperación de Israel. Considera que la política de Israel de crear asentamientos en los territorios árabes ocupados, incluyendo Jerusalem, no era válida.
Del Consejo de Seguridad de la ONU, de 1 de marzo de 1980, que resulve dejar sin validez legal a todas las medidas tomadas por Israel para cambiar el carácter psíquico, la composición demográfica, y la estructura institucional de los territorios palestinos ocupados esencialmente en Jerusalem Este.
Del Consejo de Seguridad de la ONU, de 20 de agosto de 1980, que afirma que la aplicación de la «ley básica» sobre Jerusalem era una violación del derecho internacional, decidía no reconocer el reclamo de Israel sobre Jerusalem y llamaba a los estados miembros a retirar sus misiones diplomáticas de Jerusalem.
Del Consejo de Seguridad de la ONU, de 22 de diciembre de 1987, que deplora la política y las acciones de Israel, que violaban los derechos humanos del pueblo palestino en los territorios ocupados. Condenaba los actos de violencia cometidos por militares israelíes contra los civiles palestinos.